Los empleadores deberán abonar el Aguinaldo o Sueldo Anual Complementario (SAC) antes del próximo 18 de Diciembre del 2020.
El programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) no regirá en esta oportunidad, por ende, la erogación será a cargo exclusivo de la patronal.
El importe a abonar en cada semestre es el 50% de la mejor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de ese semestre.
Cuando el empleador no paga en término el aguinaldo, el empleado puede intimarlo a que proceda con el pago dentro de los dos siguientes días hábiles.
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